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Cheque Cruzado: es un cheque al cual se le trazan dos lineas rectas paralelas y en diagonal en el frente. Al hacer esto el cheque no se puede cobrar en efectivo y solo se puede depositar en una cuenta.
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Cheque al portador: se denomina "cheque al portador" al cheque que no tiene especificado un beneficiario y puede ser cobrado por cualquiera que lo tenga en su poder.
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Cheque a la orden: es un cheque que solo puede cobrar el beneficiario al cual fue hecho el cheque. Se puede endosar.
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Conformado: El cheque conformado es un cheque normal, el típico cheque de cuenta corriente, de esos que tenemos en un talonario.
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Cheque de caja: es un cheque expedido por una institucion de credito para ser pagado en sus propias sucursales.
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Cheque normativo: es aquel que se le han borrado las frases a la orden , o al portador, se lo pueden ser cobrados por la persona a cuyo nombre se extiende o por su mandatario con poder suficiente. Tambien puede endosarse en comision de cobranza, pero unicamente a un banco y por aquel a cuyo nombre se extiende
- Para abonar a cuenta: El cheque para abono en cuenta es aquel que lleva la cláusula “para abono en cuenta”, “para acreditar en cuenta”, “para ser depositado en cuenta de…” u otra equivalente, y que pueda ser colocada por el girador o cualquier tenedor en el anverso del título valor
- Cheque en moneda extranjera: esta puede ser de en dólares, euros, libras esterlinas y otras divisas, emitidos en los lugares de origen tales como EE.UU., Europa, Inglaterra, Canadá, Australia, entre otros.